Consumidores en Red: Declarada Discriminatoria la última Campaña Televisiva de CILLIT BANG
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Declarada Discriminatoria la última Campaña Televisiva de CILLIT BANG

 

El pasado mes de octubre, Consumidores En Red, primera Asociación de Consumidores on line de España, presentó una reclamación ante el Jurado de Autocontrol de la Publicidad frente a la campaña publicitaria de los productos Cillit Bang Cal y Brilllo y Cillit Bang grasa y brillo, comercializados por Reckitt Benckiser España, S.L.

La campaña, que está compuesta por tres anuncios que han sido emitidos por televisión, reúnen en común los siguientes elementos:

  • Son protagonizados por mujeres que, mientras se graban a sí mismas explicando lo bien que funciona el producto, están limpiando la cocina o el baño.
  • Finalizan con una imagen de pantalla múltiple en la que aparecen distintas mujeres mostrando el producto mientras una voz en off indica “Pruébalo y cuéntanos tu misma”.

Consumidores En Red entendió que la campaña es discriminatoria desde el momento en que, a través del empleo de la fórmula “pruébalo y cuéntanos tu misma”, expresada en género femenino, excluye al género masculino como destinatario del producto. Por otra parte, a las protagonistas de los tres anuncios, se suman otras treinta y dos mujeres – en pantalla múltiple - que aparecen con el producto en la mano. Sin embargo, en toda la campaña no aparece ni un solo hombre. Por todo ello, esta Asociación consideró que la campaña refleja un clarísimo comportamiento estereotipado por razón de género, contraviniendo lo dispuesto por el Código de Conducta Publicitaria y la Ley General de Publicidad.

El Jurado de Autocontrol dictó una primera Resolución favorable a las tesis de Consumidores En Red, que fue recurrida por Reckitt Benckiser. Finalmente, el Pleno del Jurado de Autocontrol, ha dictado Resolución el pasado 19 de noviembre por la que, desestimando el recurso presentado por la empresa, declara que la campaña muestra a las mujeres “como las únicas destinatarias del producto de limpieza promocionado” entendiendo que los anuncios “suponen una asignación de rol por razón de género que convierte el mensaje en discriminatorio”.

Consumidores En Red quiere recordar que la Ley General de Publicidad fue modificada por la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, calificando como ilícita aquella publicidad que presente la imagen de la mujer asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento, coadyuvando a generar la violencia a la que se refiere la propia ley de violencia de género.

Precisamente por ello, desde Consumidores En Red, apelamos a la responsabilidad social de productores, anunciantes y medios de comunicación, para que de una vez por todas se destierren los clásicos clichés machistas que todavía abundan en la publicidad que, más propios de otras épocas, afortunadamente no constituyen un reflejo de la realidad. Asimismo, instamos a los poderes públicos para que, desde las distintas administraciones, se doten mecanismos eficaces para su detección y rectificación.

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