Consumidores en Red: Derecho al Olvido: El Tribunal Supremo exime de responsabilidad a Google España
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Derecho al Olvido: El Tribunal Supremo exime de responsabilidad a Google España

 

El conocido como “derecho al olvido” es la expresión que se utiliza para referirse a los derechos de oposición y cancelación de datos personales en el ámbito de los buscadores de internet, e incluye el derecho a limitar la difusión de datos personales a través de los buscadores cuando la información ha quedado obsoleta o ya no tiene interés ni relevancia pero que, no obstante, puede comprometer nuestra reputación.

Hasta ahora,  tanto la Agencia Española de Protección de Datos como la Audiencia Nacional, hacían responsable a Google Spain, S.L. de la difusión de datos personales en su motor de búsqueda. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha determinado que Google Spain  “no desarrolla ninguna actividad de tratamiento de datos, no interviene de ningún modo en la actividad del buscador de Google ni de Blogger”, y añade que la labor de la filial se limita a una actividad de promoción de la contratación de servicios y de apoyo publicitario, señalando como responsable del tratamiento a Google Inc. “pues es a ella a la que corresponde en exclusiva la determinación de los fines, condiciones y medios del tratamiento de datos personales”.

En cualquier caso, la sentencia no modifica en ningún aspecto el contenido del derecho ni su ejercicio, sino que, a partir de ahora, cualquier reclamación en relación con el derecho al olvido y Google, deberá dirigirse a la matriz, Google Inc., y no a Google Spain S.L.. Y lo cierto es que ejercerlo es realmente fácil:

En caso de que deseemos eliminar cualquier información relativa a nuestros datos personales accesible desde la barra de Google, será suficiente con solicitarlo a través de un formulario que el buscador tiene habilitado a tal efecto. En caso de que Google no responda o la respuesta no sea satisfactoria, el interesado podrá dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos para que tutele su derecho frente al responsable.

Hay que tener en cuenta que el derecho al olvido ejercido frente al buscador sólo afecta a los resultados obtenidos en las búsquedas hechas mediante el nombre de la persona afectada, pero no implica que la página en la que aparecen sus datos deba ser suprimida de los índices del buscador ni de la fuente original. Sencillamente dejará de ser visible el enlace que aparece en Google cuando la búsqueda se realice a través del nombre de la persona que ejerció su derecho. 

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