Consumidores en Red: El Tribunal de la UE tumba el canon digital
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El Tribunal de la UE tumba el canon digital

 

Desde el 2012, la compensación por copia privada se ha venido sufragando con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, pero según el TJUE, a través de ese sistema, “el Estado no puede garantizar que el coste sólo sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas". Obviamente, el destinar una partida de los Presupuestos Generales afecta indiscriminadamente a todos los contribuyentes, ya sean personas físicas o jurídicas, se beneficien o no de la copia privada.

El fallo de la UE da respuesta a la cuestión planteada por el Tribunal Supremo, ante el que recurrieron algunas entidades de gestión de derechos de autor solicitando que la compensación por copia privada fuera a cargo de las empresas tecnológicas y de los usuarios que realizan las copias.

Pero lo cierto es que con el modelo vigente desde 2012, las entidades de gestión han dejado de percibir un dineral. Mientras estuvo vigente el anterior sistema hasta esa fecha, que repercutía el coste del canon sobre los fabricantes de dispositivos (CDs, DVDs, discos duros, MP3s, e incluso móviles) y que por supuesto era el comprador quien lo sufragaba, las entidades de gestión llegaron a embolsarse 115 millones de euros solo en 2011, mientras que en 2015, percibieron 5.

Llama la atención que las entidades de gestión argumenten su oposición al sistema vigente hasta la fecha en base a que supone la aplicación de un impuesto indiscriminado para todos los españoles, copien o no. No mostraban tal escrúpulo ni afición a la equidad mientras el canon se aplicaba a cualquier persona y sobre cualquier dispositivo susceptible de almacenar algo, lo que suponía nada menos que dar por sentado que todas las personas somos copiadoras compulsivas ya que todos los dispositivos los destinamos a realizar copias privadas que deben ser económicamente compensadas, y no, por ejemplo, a guardar trabajos del colegio, ni fotos del verano, ni una tesis doctoral. Eso sí era igualmente indiscriminado, aunque mucho más lucrativo.

Ahora habrá que buscar una nueva fórmula para compensar los legítimos derechos de los titulares, pero ésta no será nunca justa mientras no responda al uso efectivo y real que se realiza de la copia privada, que no sea soportado por quien en efecto la realiza, y que no compense a quien realmente resulta perjudicado. Y todo ello porque hasta la fecha, y en ambos sentidos, ni han estado todos los que son, ni mucho menos han sido todos los que están.

 

 

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