Consumidores en Red: A partir de hoy, el etiquetado de alimentos deberá incluir información nutricional
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A partir de hoy, el etiquetado de alimentos deberá incluir información nutricional

 

En cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Europeo que regula la información alimentaria facilitada al consumidor, a partir de hoy, 13 de diciembre, las etiquetas de los alimentos deberán incluir detallada información nutricional, es decir, indicarán el valor energético y las cantidades de grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal.

El etiquetado, además, debe mostrar esta información por cada 100 gramos o 100 mililitros. Igualmente se pueden expresar los valores por porción o unidad de consumo, aunque en ese caso debe indicar la cantidad que supone cada porción o unidad, y el número total de porciones o unidades que contiene el envase.

Adicionalmente, también se podrá incluir en la etiqueta la información nutricional referente a los ácidos grasos monoinsaturados y poliinsaturados, polialcoholes, almidón, fibra alimentaria, vitaminas o minerales.

La información nutricional obligatoria se debe presentar en el mismo campo visual, de manera que sea fácilmente visible, claramente legible e indeleble. El tamaño de letra debe ser igual o superior a 1,2 mm. En caso de que la superficie máxima del envase sea inferior a 80 cm², el tamaño mínimo se reduce a 0,9 mm. En cualquier caso, sigue siendo un tamaño insufiente.

Si es inferior a 25 cm², la información nutricional no será obligatoria. En los envases en los que la superficie más grande sea inferior a 10 cm ², no es necesario incorporar ni la información nutricional, ni la lista de ingredientes.

No obstante, y con independencia del tamaño del envase, el mismo siempre deberá indicar el nombre del alimento, la presencia de posibles alérgenos, la cantidad neta y la fecha de duración mínima.

Están exentos de incluir la información nutricional los productos sin transformar o curados que incluyen un solo ingrediente, el agua, la sal, las especias, el té, los vinagres, los aditivos alimentarios, las bebidas con grado alcohólico superior a 1,2 %, y los alimentos en envases cuya superficie mayor sea inferior a 25 cm², entre otros. Los alimentos no envasados también están exentos, pero pueden informar voluntariamente sobre el valor energético, la cantidad de grasas, grasas saturadas, azúcares y sal, y expresarse sólo por porciones o por unidades de consumo.

En relación con los alérgenos, su inclusión deberá aparecer en la lista de ingredientes,  debiendo destacarse de forma que se diferencie claramente del resto de la lista de ingredientes.

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